Programa Erasmus+
Imagínate que
quieres participar en el programa europeo Erasmus+, más concretamente en el
proyecto de movilidad para el personal de EFP. Aquí te dejo información sobre los pasos a seguir para presentar una solicitud y qué sucede una vez presentada.
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El programa Erasmus+ está diseñado para apoyar los esfuerzos de los países participantes por
utilizar de forma eficiente el potencial del talento humano y social europeo
atendiendo al principio del aprendizaje permanente, vinculando el apoyo al
aprendizaje formal, no formal e informal en los ámbitos de la educación, la
formación y la juventud. Por otra parte, el programa mejora las oportunidades
de cooperación y movilidad con los países asociados, en especial en las esferas
de la educación superior y la juventud.
Proyecto de movilidad
para estudiantes y personal de FP
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Erasmus+ es
el programa de la UE en los ámbitos de la educación, la formación, la juventud
y el deporte para el periodo 2014-2020. El trabajo en los ámbitos de la
educación, la formación, la juventud y el deporte puede ser una ayuda
importante para abordar los cambios socioeconómicos, los principales desafíos a
los que se enfrentará Europa hasta el final de la presente década, y para
respaldar la aplicación de la Agenda Política Europea destinada al crecimiento,
el empleo, la equidad e inclusión.
Combatir los altos niveles de desempleo, en particular los
de desempleo juvenil, es una de las tareas más urgentes de los gobiernos
europeos. Hay demasiados jóvenes que, tras abandonar los estudios de manera
prematura, corren un elevado riesgo de desempleo y marginación social. Ese
mismo riesgo amenaza a muchas personas adultas escasamente formadas. Las
tecnologías están cambiando el modo en el que funciona la sociedad, y es
necesario garantizar que se hace el mejor uso de ellas. Las empresas de la UE
deben ganar en competitividad apoyándose en el talento y en la innovación.
El programa Erasmus+ está diseñado para apoyar los esfuerzos de los países participantes por
utilizar de forma eficiente el potencial del talento humano y social europeo
atendiendo al principio del aprendizaje permanente, vinculando el apoyo al
aprendizaje formal, no formal e informal en los ámbitos de la educación, la
formación y la juventud. Por otra parte, el programa mejora las oportunidades
de cooperación y movilidad con los países asociados, en especial en las esferas
de la educación superior y la juventud.
Proyecto de movilidad
para estudiantes y personal de FP
Un proyecto de movilidad en FP puede comprender una o más de las
actividades siguientes:
Movilidad de los estudiantes:
- Movilidad en proveedores de FP o empresas
extranjeras, de dos semanas a menos de tres meses;
- Movilidad de larga duración en proveedores de FP
o empresas extranjeras (ErasmusPro), de tres a doce meses.
Estas actividades están abiertas a
estudiantes de FP (incluidos los aprendices) de organizaciones de formación
profesional (proveedores de FP).
Para reforzar la empleabilidad de los
estudiantes de FP y facilitar su transición al mercado laboral, también pueden
participar en estas actividades los recién graduados (en un plazo de menos de
doce meses desde de su titulación).
Las actividades pueden adoptar la forma
de prácticas a tiempo completo, donde los alumnos son acogidos por una empresa
u otra organización pertinente o proveedor de formación profesional (escuela,
instituto u otra organización proveedora de educación y formación profesional)
que combinen el aprendizaje escolar con un fuerte componente laboral
(prácticas).
En el caso de la movilidad de larga
duración (ErasmusPRO), la entidad de acogida puede ser un proveedor de
formación profesional, pero la actividad debe tener un claro componente de
aprendizaje en entorno laboral, por lo general en forma de prácticas en una
empresa.
Movilidad del personal:
·
Estancias de enseñanza o formación: esta actividad permite al personal de
los proveedores de FP dar clase en proveedores de FP asociados en el
extranjero. También permite al personal de las empresas impartir formación en
un proveedor de FP en el extranjero,
·
Formación del personal: esta actividad apoya el desarrollo profesional del
personal de FP en forma de prácticas o aprendizaje por observación/periodo de
observación en el extranjero en una empresa o en cualquier otro proveedor de
FP.
Las organizaciones participantes en los proyectos de
movilidad asumen las funciones y tareas siguientes:
- Organización
solicitante: se encarga de solicitar los proyectos de movilidad, firmar y
gestionar el convenio de subvención y presentar los informes
correspondientes. El solicitante puede ser el coordinador de un consorcio:
de un consorcio nacional de movilidad de organizaciones asociadas de un
mismo país que deseen enviar beneficiarios y personal de FP a realizar
actividades en el extranjero. El coordinador del consorcio nacional de
movilidad también puede actuar como organización de envío, aunque no es
necesario.
- Organización
de envío: se encarga de seleccionar a los estudiantes o el personal y
enviarlos al extranjero.
- Organización
de acogida: se encarga de recibir a los estudiantes o al personal de FP
extranjeros y ofrecerles un programa de actividades, o bien se beneficia
de una actividad de formación impartida por el personal de FP.
- Organización
intermediaria: es una organización activa en el mercado de trabajo o en el
ámbito de la educación, la formación y la juventud que no es una
organización de envío, pero cuya experiencia permite ayudar a los
proveedores de FP de envío con los procedimientos administrativos, las
disposiciones prácticas, la correspondencia entre los perfiles de los
aprendices o los estudiantes y las necesidades de las empresas en caso de
periodos de formación práctica, así como en la preparación de los
participantes. Si la organización intermediaria forma parte de un
consorcio de movilidad nacional, su contribución debe describirse con
claridad como parte de la solicitud del proyecto. En caso de que la
organización intermedia no forme parte de un consorcio nacional de
movilidad, se recomienda encarecidamente a las organizaciones solicitantes
definir oficialmente un conjunto de derechos y obligaciones cuando
cooperen con dichas organizaciones intermediarias.
Las organizaciones
pueden solicitar proyectos de movilidad para estudiantes y personal de FP de
dos maneras:
- Toda organización admisible puede solicitar
financiación para proyectos de movilidad para estudiantes y personal de
FP sin la Carta de Movilidad
Erasmus+ de FP.
- Una organización con un historial comprobado
que sea titular de una Carta de Movilidad Erasmus+ de FP válida
puede utilizar procedimiento acelerado para solicitar financiación para
proyectos de movilidad para estudiantes y personal de FP. una organización
con un historial comprobado que sea titular de una Carta de Movilidad
Erasmus+ de FP válida puede utilizar procedimiento acelerado para
solicitar financiación para proyectos de movilidad para estudiantes y
personal de FP con la Carta de Movilidad Erasmus+ de FP.
PROCESO DE SOLICITUD
(PARTE C DE LA GUÍA DE ERASMUS+)
¿QUÉ HAY QUE HACER PARA PRESENTAR UNA
SOLICITUD ERASMUS+?
Para presentar un proyecto Erasmus+, el solicitante ha de
seguir los cuatro pasos que se indican a continuación:
§ Cada una de las organizaciones incluidas en la
solicitud deben registrarse en el Portal del participante y recibir un código
de identificación de participante (PIC). Las organizaciones o grupos que ya
disponen de un PIC porque hayan participado en otros programas de la UE no
necesitan volver a registrarse. El PIC obtenido en ese primer registro es
válido también para solicitar subvenciones Erasmus+.
§ Comprobar que cumple los criterios del programa para
la acción o el ámbito pertinente;
§ Comprobar las condiciones financieras.
§ Rellenar y enviar el formulario de solicitud.
PASO 1: REGISTRARSE EN EL PORTAL DEL
PARTICIPANTE
Todas las organizaciones que intervengan en la solicitud
deben registrarse y facilitar sus datos jurídicos y financieros básicos en el
del Portal del participante en el ámbito educativo, audiovisual, cultural, de
la ciudadanía y el voluntariado, si aún no lo han hecho. Para registrarse en el
Portal del participante, el representante de la organización (o del grupo
informal de jóvenes) debe seguir los pasos siguientes:
§ Crear una cuenta EU Login (salvo que la persona que
represente a la organización o el grupo tenga ya una cuenta). Las cuentas
nuevas EU Login pueden crearse en el sitio web: https://webgate.ec.europa.eu/cas/eim/external/register.cgi
§ Acceder al Portal del participante en http://ec.europa.eu/education/participants/portal/desktop/en/organisations/register.html y registrarse en nombre de la
organización o grupo. En el Portal del participante podrá encontrar ayuda y
preguntas frecuentes. La organización o grupo ha de registrarse solo una vez en
el Portal del participante. Una vez finalizado el registro, la organización o
grupo obtendrá un Código de identificación del participante (PIC). El PIC, que
es un identificador único necesario para la presentación de solicitudes,
permite a la organización o grupo cumplimentar los formularios de solicitud
electrónica de Erasmus+ de una manera más sencilla (es decir, al introducir el
número PIC en el formulario, toda la información facilitada por la organización
o grupo en la fase de registro aparecerá automáticamente en el formulario).
PRUEBA DE ESTATUTO
JURÍDICO Y CAPACIDAD FINANCIERA
Al realizar el registro, las organizaciones también han de
adjuntar los siguientes documentos al Portal del participante:
·
Formulario
de entidad legal (que se puede descargar del sitio web de la Comisión Europea
en: http://ec.europa.eu/budget/contracts_grants/info_contracts/legal_entities/legal_entities_en.cfm)
·
La
Ficha de identificación financiera. Se ha de rellenar el formulario relativo al país en el que está
ubicado el banco, aunque la organización solicitante esté registrada
oficialmente en otro país. Se puede descargar en: http://ec.europa.eu/budget/contracts_grants/info_contracts/financial_id/financial_id_en.cfm Para las subvenciones superiores a 60.000 EUR,
es posible que los solicitantes tengan que adjuntar documentos concretos que
demuestren su capacidad financiera. Para más detalles, véase la sección
«Criterios de selección». Solo se proporcionará la Ficha de identificación
financiera de la organización solicitante, pues las de las organizaciones
asociadas no son necesarias.
PASO 2: COMPROBAR QUE SE CUMPLAN LOS
CRITERIOS DEL PROGRAMA
Al desarrollar su proyecto y antes de solicitar apoyo de la
UE, las organizaciones participantes han de asegurarse de que el proyecto
respeta los criterios de admisibilidad, exclusión, selección y concesión.
PASO 3: COMPROBAR LAS CONDICIONES
FINANCIERAS TIPOS DE SUBVENCIONES
La subvención se corresponderá con uno de los siguientes
tipos:
·
Reembolso
de un porcentaje determinado de los costes subvencionables realmente asumidos
(p. ej., el importe concedido en el marco de las Asociaciones Estratégicas para
cubrir los costes adicionales derivados de la participación de personas con
necesidades especiales);
·
Reembolso
de la contribución a costes unitarios (p. ej., el importe concedido para apoyo
individual en el marco de proyectos de movilidad de los ámbitos de la
educación, la formación y la juventud);
·
Cantidades
fijas únicas (p. ej., el importe concedido para contribuir a la ejecución de
actividades complementarias en el marco de proyectos Jean Monnet);
·
Financiación
a tipo fijo: p. ej., el importe concedido para cubrir los costes indirectos de
los acontecimientos deportivos sin ánimo de lucro
·
Una
combinación de los anteriores. En la mayoría de los casos, el mecanismo de
financiación aplicado para el programa Erasmus+ concede subvenciones basadas en
el reembolso de la contribución a costes unitarios. Estos tipos de subvenciones
ayudan a los solicitantes a calcular el importe de la subvención solicitada y a
realizar una planificación financiera realista del proyecto. Para saber qué
tipo de subvención se aplica a cada elemento financiado como parte de cada una
de las acciones Erasmus+ a las que se refiere esta Guía, véase la columna
«Mecanismo de financiación» de las tablas correspondientes a las normas de
financiación incluidas en la parte B.
En la mayoría de los casos, el mecanismo de financiación
aplicado para el programa Erasmus+ concede subvenciones basadas en el reembolso
de la contribución a costes unitarios. Estos tipos de subvenciones ayudan a los
solicitantes a calcular el importe de la subvención solicitada y a realizar una
planificación financiera realista del proyecto
PASO 4: CUMPLIMENTAR Y ENVIAR EL
FORMULARIO DE SOLICITUD
Para solicitar una subvención UE en el marco del programa
Erasmus+, los solicitantes deberán utilizar los formularios específicos de cada
acción disponibles en las páginas web de la Comisión Europea, las agencias
nacionales o la Agencia Ejecutiva (véanse los detalles de contacto en el anexo
IV). Cuando se trate de proyectos presentados en nombre de un consorcio, la
organización o grupo coordinador presentará a la Agencia Nacional apropiada o a
la Agencia Ejecutiva una solicitud única para todo el proyecto en nombre de
todas las organizaciones participantes.
·
¿Dónde
se ha de presentar la solicitud?
En la Agencia Nacional del país donde
esté establecida la organización solicitante.
·
¿Cuándo
se ha de presentar la solicitud?
Antes del 5 de febrero a las 12.00 (mediodía, hora de
Bruselas) para proyectos que empiecen entre el 1 de junio y el 31 de diciembre
de ese mismo año. Posibilidad de fechas límite adicionales: Las agencias
nacionales podrán organizar una segunda ronda de solicitudes si quedan fondos
remanentes sin utilizar, para los cuales las reglas establecidas en esta Guía
también son de aplicación. Las agencias nacionales informarán de esta
posibilidad en su sitio web. Si se organiza una segunda ronda, los solicitantes
deberán enviar sus propuestas como máximo el 1 de octubre a las 12:00
(mediodía, hora de Bruselas) para proyectos que comiencen entre el 1 de enero y
el 31 de mayo del siguiente año.
PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD FORMULARIOS ELECTRÓNICOS EN
LÍNEA
En la mayoría de las
acciones del programa se exige que los solicitantes presenten la solicitud en
línea a la Agencia apropiada, Nacional o Ejecutiva, utilizando el formulario
electrónico correcto y adjuntando todos los anexos requeridos. No se aceptarán
las solicitudes enviadas por correo, mensajería privada, fax o correo
electrónico. El formulario electrónico deberá cumplimentarse en una de las
lenguas oficiales utilizadas en los países del programa. Si la gestión de una
acción está centralizada por la Agencia Ejecutiva, los solicitantes deberán rellenar
el formulario en una de las lenguas oficiales de la UE. Para más información,
consúltense las instrucciones de cumplimentación y envío de formularios
electrónicos. Estas instrucciones, que también informan sobre lo que se ha de
hacer si surgen problemas técnicos, se pueden consultar en las páginas web de
las agencias nacionales (si se trata de acciones descentralizadas), la Agencia
Ejecutiva (si se trata de acciones centralizadas) y la Comisión Europea. En
caso de presentación múltiple de una misma solicitud en la misma ronda de
selección a la misma Agencia Nacional o a la Agencia Ejecutiva, estas siempre
considerarán válida la última versión presentada antes de que venza el plazo.
En caso de presentación múltiple de una misma solicitud o de solicitudes muy
similares de una misma organización o un mismo consorcio a diferentes Agencias,
todas las solicitudes serán rechazadas automáticamente (véase la sección «No
acumulación»).
FORMULARIOS DE SOLICITUD EN PAPEL
Es posible que no
existan formularios electrónicos para algunas de las acciones centralizadas del
programa. En el caso de estas acciones, las solicitudes deberán enviarse por
correo (dará fe la fecha del matasellos) o por mensajería privada (fecha de
recepción por el servicio de mensajería) a la Agencia Ejecutiva (véanse los
detalles de contacto en el anexo IV de esta Guía). No se aceptarán las
solicitudes enviadas por fax o por correo electrónico. Tras la fecha de
presentación, los solicitantes no podrán modificar la solicitud de subvención.
RESPETO DEL PLAZO La solicitud deberá presentarse dentro del plazo establecido
para cada acción. Los plazos de presentación de los proyectos de cada acción se
indican en los «Criterios de admisibilidad» de la parte B de esta Guía.
Nota: el plazo de
presentación de los formularios electrónicos será siempre antes de las 12.00
(mediodía, hora de Bruselas) de la fecha límite establecida. Los solicitantes
establecidos en países localizados en otra zona horaria deberán tenerlo en
cuenta para evitar que sus solicitudes sean rechazada.
¿QUÉ SUCEDE UNA VEZ PRESENTADA LA
SOLICITUD?
Todas las solicitudes recibidas por las agencias nacionales o
por la Agencia Ejecutiva se someten a un procedimiento de evaluación:
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN
Las propuestas de
proyectos son evaluadas por la Agencia Nacional o la Agencia Ejecutiva que
recibe la solicitud, que aplica exclusivamente los criterios descritos en esta
Guía. La evaluación implica:
§ Una comprobación formal para verificar que se
respetan los criterios de admisibilidad y de exclusión.
§ Una evaluación de la calidad para decidir en qué
medida cumplen las organizaciones participantes los criterios de selección
(capacidad operativa y financiera) y en qué medida cumple el proyecto los
criterios de concesión. En la mayor parte de los casos, esta evaluación de la
calidad se lleva a cabo con apoyo de expertos independientes. En su valoración,
los expertos aplicarán las directrices desarrolladas por la Comisión Europea.
Estas directrices se publicarán en las páginas web de la Comisión Europea y de
las Agencias responsables de la gestión de los proyectos Erasmus+.
§ Una verificación de que la propuesta no entraña
riesgos de doble financiación. En caso necesario, tal verificación se realizará
en colaboración con otras agencias o partes interesadas. La Agencia Ejecutiva o
la Agencia nacional nombrarán un comité de evaluación para supervisar la
gestión de todo el proceso de selección. Basándose en la valoración de los
expertos, el comité de evaluación elaborará una lista de proyectos propuestos
para la selección. Para todas las acciones cubiertas por la presente Guía,
durante el proceso de evaluación, se podrá pedir a los solicitantes que
proporcionen información complementaria o a que aclaren los documentos
justificativos presentados en relación con la solicitud, siempre y cuando la
información o aclaración no modifiquen la propuesta de manera sustancial. La
información complementaria y las aclaraciones están especialmente justificadas
en caso de errores materiales obvios cometidos por el solicitante, o en
aquellos casos en los que, tratándose de proyectos financiados mediante
convenios multibeneficiarios, falten uno o más mandatos de los socios (en relación
con los convenios multibeneficiarios, véase la sección «Convenio o decisión de
subvención»).
DECISIÓN DEFINITIVA
Al final del
procedimiento de evaluación, la Agencia Nacional o la Agencia Ejecutiva
decidirán qué proyectos hay que subvencionar, basándose en:
·
La
clasificación propuesta por el comité de evaluación
·
El
presupuesto disponible para cada acción (o cualquier actividad determinada
dentro de la acción).
Una vez completado el procedimiento de selección, los
expedientes de solicitud y el material adjunto no se devolverán al solicitante,
sea cual sea el resultado del procedimiento.
NOTIFICACIÓN DE LAS DECISIONES DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN
El calendario indicativo de notificación de los resultados de
la selección para cada acción se incluye en la sección «Plazos de los ciclos
del proyecto y modalidades de pago».
¿QUÉ SUCEDE UNA VEZ APROBADA LA
SOLICITUD?
CONVENIO O DECISIÓN
DE SUBVENCIÓN
Cuando se selecciona un proyecto para una subvención UE en el
marco de Erasmus+:
§ La Agencia Ejecutiva adopta una decisión de
subvención y esta se notifica al solicitante que ha presentado el proyecto
seleccionado. Cuando el solicitante recibe la notificación de la decisión, pasa
a ser beneficiario de una subvención UE y puede iniciar el proyecto
§ La Agencia Nacional o la Agencia Ejecutiva que han
seleccionado el proyecto y el solicitante firman un convenio de subvención. El
solicitante recibe el convenio de subvención y lo devuelve a la Agencia
Nacional o a la Agencia Ejecutiva firmado por su representante legal. La
Agencia Nacional o la Agencia Ejecutiva es la última parte en firmar. Una vez
firmada la subvención por ambas partes, el solicitante pasa a ser beneficiario
de una subvención UE y puede iniciar el proyecto.
Dependiendo del tipo de acción, los convenios de subvención
pueden adoptar la forma de convenios para un solo beneficiario, y en este caso
el solicitante es el único beneficiario, o acuerdos multibeneficiarios, y en
este caso son beneficiarios del convenio todas las organizaciones socias del
consorcio. El acuerdo multibeneficiarios es firmado por el coordinador, que es
el único punto de contacto para la Agencia Nacional o la Agencia Ejecutiva. Sin
embargo, la totalidad de las organizaciones participantes en un proyecto
(cobeneficiarios) firman un mandato por el que confieren al coordinador la
responsabilidad de actuar como beneficiario principal. Por regla general, los
diferentes socios deberán haber formulado su mandato al solicitante en la fase
de solicitud. Si los mandatos se formulan en una fase posterior, deberán estar
disponibles como muy tarde en el momento de la firma del convenio de
subvención. Nota: En caso de proyectos de movilidad para estudiantes y personal
de educación superior, para beneficiarios y personal de FP, para personal de
educación escolar o para personal de educación de personas adultas, no se
precisarán los mandatos de las organizaciones asociadas de países que no sean
el de la organización solicitante. Sin embargo, las organizaciones miembros de
consorcios nacionales en los ámbitos de la educación superior, la FP y la
educación de personas adultas han de formular un mandato a la organización
solicitante. A título de excepción, cuando se trate de Asociaciones
Estratégicas que utilicen el formato de «Asociaciones de Intercambio Escolar»,
cada organización participante implicada en un proyecto seleccionado firmará un
convenio de subvención como monobeneficiario (específico de su parte de la
subvención) con la Agencia Nacional establecida en su país. A lo largo del año,
en las páginas web de la Comisión Europea y la Agencia Ejecutiva se publicarán
modelos de los convenios de subvención y decisiones de subvención utilizados en
el programa Erasmus+. En la sección «Plazos de los ciclos del proyecto y
modalidades de pago» se incluye el calendario indicativo de la recepción de
convenios de subvención y decisiones de subvención en el marco de cada acción.
IMPORTE DE LA
SUBVENCIÓN
La aceptación de una solicitud no implica el compromiso de
conceder una financiación equivalente al importe solicitado por el
beneficiario. La financiación solicitada se podrá reducir atendiendo a las
normas financieras específicas aplicables a una acción dada. La concesión de
una subvención en una ronda de selección dada no otorga derecho alguno de cara a
rondas posteriores. Conviene señalar que el importe de la subvención previsto
por el convenio es un máximo que no se puede incrementar aunque el beneficiario
solicite un importe superior. Los fondos transferidos por la Agencia Ejecutiva
o la Agencia Nacional se deberán identificar en la cuenta o subcuenta indicada
por el beneficiario para el pago de la subvención.
PROCEDIMIENTOS DE
PAGO
Dependiendo del tipo de acción, de la duración del acuerdo o
la decisión de subvención y de la evaluación del riesgo financiero, los
proyectos respaldados por Erasmus+ están sujetos a diferentes procedimientos de
pago. Salvo el primer pago de prefinanciación, los pagos o cobros se efectuarán
en función del análisis de los informes o las peticiones de pago que presente
el beneficiario (las plantillas de estos documentos se publicarán a lo largo
del año en las páginas web de las agencias nacionales y la Agencia Ejecutiva).
A continuación se describen los procedimientos de pago aplicados en el marco de
Erasmus+.
PAGO DE PREFINANCIACIÓN
Se realizará un pago de prefinanciación para el beneficiario
en el plazo de 30 días a partir de la fecha en que la última de las dos partes
firme del acuerdo de subvención o en que se notifique al beneficiario la
decisión de subvención y, si procede, se reciban las garantías necesarias
(véase la sección «Garantía financiera»). La finalidad de la prefinanciación es
proporcionar al beneficiario fondos de tesorería. Las agencias nacionales o la
Agencia Ejecutiva podrán optar por dividir en más tramos el primer pago de
prefinanciación; asimismo, podrán reducir la prefinanciación o eliminarla por
completo si la capacidad financiera del beneficiario no se considera
satisfactoria.
PAGOS DE
PREFINANCIACIÓN ADICIONALES
En algunas acciones se realiza un segundo pago de
prefinanciación para el beneficiario, y en determinados casos incluso un
tercero, en el plazo de 60 días naturales a partir de la fecha de recepción,
por parte de la Agencia Nacional o la Agencia Ejecutiva, de una solicitud de
pagos de prefinanciación adicionales presentada por el beneficiario, o si la
solicitud del pago de prefinanciación adicional va acompañada de un informe
intermedio. Estos pagos de prefinanciación adicionales no podrán solicitarse
hasta que se haya agotado, como mínimo, el 70 % del pago de prefinanciación
anterior. Si la declaración sobre el uso de los pagos de prefinanciación
previos revela que el porcentaje de los pagos de prefinanciación previos
utilizado para cubrir los costes de la acción es inferior al 70 %, se reducirán
del importe de la nueva prefinanciación los importes no utilizados de la
prefinanciación anterior.
INFORMES INTERMEDIOS
E INFORMES DE PROGRESO/TÉCNICOS
A los beneficiarios de algunas de las acciones se les pedirá
que presenten un informe intermedio junto con las solicitudes de pagos de
prefinanciación adicionales. En otros casos, se pedirá a los beneficiarios que
presenten un informe de progreso/técnico sobre los avances realizados en la
ejecución del proyecto. Los informes de progreso/técnicos no conllevan la
facilitación de un pago de prefinanciación adicional. El informe intermedio y
el informe de progreso/técnico se deberán presentar antes de la fecha límite
indicada en el acuerdo de subvención o en la decisión de subvención.
PAGO O COBRO DEL
SALDO
El importe del pago final que se abonará al beneficiario se
calculará en función del informe final presentado antes de la fecha indicada en
el acuerdo de subvención o en la decisión de subvención. Si a) los hechos que
justifican la subvención no tienen lugar o tienen lugar de manera diferente a
la prevista, b) los costes subvencionables realmente soportados por el
beneficiario son inferiores a los previstos en la fase de solicitud, o c) la
calidad de las actividades realizadas o de los resultados logrados es
insuficiente, la financiación se reducirá de manera proporcional o, si procede,
se pedirá al beneficiario que reembolse los importes excedentarios que haya
recibido como pago de prefinanciación. En algunas de las acciones, la Agencia
Nacional o la Agencia Ejecutiva transfieren el 100 % de la subvención concedida
en tramos de prefinanciación. En estos casos, no se exigirá el pago del saldo.
Sin embargo, si el informe final presentado por el beneficiario antes de la
fecha límite indicada en el acuerdo de subvención permite concluir que a) los
hechos que dan lugar a la subvención no tienen lugar o tienen lugar de manera
diferente a la prevista, b) los costes subvencionables realmente soportados por
el beneficiario son inferiores a los previstos en la fase de solicitud, o c) la
calidad de las actividades realizadas o de los resultados logrados es
insuficiente, se pedirá al beneficiario que reembolse los importes
excedentarios que haya cobrado como pago de prefinanciación. Por regla general,
el pago final o la petición de reembolso del saldo se emitirá en un plazo de 60
días naturales a partir de la fecha de recepción del informe final.
Para más información, en la sección «Plazos de los ciclos del
proyecto y modalidades de pago» se describen las modalidades de pago aplicables
a cada acción.
SANCIONES ECONÓMICAS
A los beneficiarios de acciones centralizadas que incumplan
gravemente sus obligaciones contractuales se les podrán imponer sanciones
económicas según los términos establecidos en el acuerdo de subvención.
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